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Los dos proyectos de reforma a la Ley 9742, y por qué ninguno avanza

Actualizado: julio 2026

La verdad en 30 segundosNo existe una reforma a la Ley 9742: existen dos proyectos separados en la corriente legislativa, los expedientes 23766 y 24061, presentados por bancadas distintas y sin avances significativos. Los dos siguen vivos y ninguno tiene fecha. Quien anuncie que la reforma está por aprobarse está adelantando algo que nadie puede confirmar hoy.

Cada cierto tiempo vuelve a circular la misma frase entre anfitriones: que viene una reforma a la ley de Airbnb, que va a endurecer todo, que conviene apurarse antes de que salga. El problema de la frase aparece antes que su contenido: habla de una reforma en singular cuando no hay una.

Acá va con precisión qué existe, qué no, y hasta dónde llega lo que se puede afirmar sin inventar. El marco legal que sí está vigente hoy está completo en la guía de la Ley 9742 y todo lo legal de un Airbnb.

¿Va a cambiar la ley de Airbnb en Costa Rica?

Nadie puede responder eso hoy. Lo verificable es que la Ley 9742 sigue vigente tal cual se aprobó en 2019, sin reformas registradas, y que hay iniciativas presentadas en la Asamblea Legislativa que buscan modificarla. Que existan proyectos no significa que vayan a convertirse en ley, y la distancia entre esas dos cosas suele ser larga.

Conviene separar tres estados que en las conversaciones se mezclan: un proyecto presentado, uno en discusión activa y una ley aprobada. Lo que hay acá es lo primero, y un texto presentado y luego detenido no obliga a nadie a nada.

Sin confirmar

No hay ninguna reforma a la Ley 9742 aprobada, ni en trámite avanzado, ni con fecha de votación conocida. Lo que existe son proyectos presentados y detenidos. Cualquier contenido que hable de "la nueva ley de Airbnb" como si ya rigiera está describiendo algo que no ocurrió.

¿Cuántos proyectos de reforma hay?

Hay dos, y esa es probablemente la corrección más útil de todo el tema. Se tramitan bajo los expedientes 23766 y 24061, fueron presentados por bancadas distintas y tienen enfoques propios. No son versiones de un mismo texto ni etapas de un mismo trámite: son dos iniciativas paralelas que conviven en la corriente legislativa.

Que sean dos cambia cómo hay que leer las noticias sobre el asunto. Cuando alguien menciona "la reforma", casi nunca aclara a cuál se refiere, y a veces mezcla el contenido de uno con el del otro en la misma frase. Eso genera una idea equivocada de avance: parece que un mismo proyecto viene sumando etapas, cuando son dos trámites separados y ninguno ha desplazado al otro.

Lo que te venden

La reforma a la ley de Airbnb ya está por aprobarse en la Asamblea.

Lo que pasa

No hay una reforma, hay dos proyectos distintos de bancadas distintas, y ninguno ha tenido avances significativos. Ninguno tiene fecha de votación conocida ni texto aprobado.

Los dos siguen vivos mientras no sean archivados, así que tampoco corresponde darlos por muertos. Un proyecto detenido puede retomarse si alguna comisión decide ponerlo en agenda, y eso puede pasar en cualquier momento o no pasar nunca.

¿Qué proponen cambiar?

En términos generales apuntan a apretar lo que la ley vigente dejó suelto, sobre todo del lado del registro y de las sanciones. Acá conviene marcar el límite: describir línea por línea el articulado de cada expediente sin tener el texto a la vista sería el tipo de invento que este artículo trata de evitar, así que lo que sigue son las direcciones discutidas públicamente, no citas de la propuesta.

Las líneas que aparecen una y otra vez son cuatro: hacer más exigible el registro ante el ICT, precisar las sanciones por no registrarse, incorporar requisitos de seguros y de seguridad para las propiedades, y definir mejor el papel de las plataformas digitales. Son temas, no obligaciones, y el texto final de cualquiera de los dos puede terminar bastante distinto de como fue presentado.

El punto de las sanciones es el que más se cita y donde más se confunde propuesta con norma. La ley vigente no fija un monto exacto y verificable de multa por no registrarse ante el ICT. Algunas firmas legales estiman una cifra cercana a ¢1,3 millones, que es una estimación profesional y no un dato de la ley. Y los proyectos proponen un rango de uno a cinco salarios base, que es una propuesta y no derecho vigente. Tres cosas distintas que suelen contarse como una.

Sin confirmar

El rango de uno a cinco salarios base aparece en la discusión de los proyectos de reforma. No es la multa actual, no está aprobado y no aplica hoy. Si alguien te lo cita como el monto vigente, está adelantando un texto que todavía no existe como ley.

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Hoja de ruta paso a paso

Los registros y permisos que sí son exigibles hoy, en orden, con el costo y la trampa de cada paso. Sin depender de lo que pase en la Asamblea.

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¿Cuándo podrían aprobarse?

No se sabe, y quien te dé una fecha se la está inventando. Ninguno de los dos expedientes tiene calendario de votación conocido, ni dictamen que permita anticipar un plazo, ni declaraciones públicas que fijen un cronograma. Sin esos elementos, cualquier pronóstico sobre el mes o el año es una opinión disfrazada de dato.

La razón detrás de la incertidumbre no es un misterio: la corriente legislativa tiene muchos más proyectos presentados que capacidad de discutirlos, y el orden en que se retoman depende de prioridades políticas que cambian con cada agenda. Un proyecto puede quedar detenido años y moverse en semanas cuando el tema vuelve a la conversación pública, sin que eso se pueda anticipar desde afuera.

Un proyecto presentado no es una ley que viene. Es un texto esperando que alguien decida discutirlo.

¿Qué conviene hacer mientras tanto?

Cumplir con la ley que ya existe, porque lo que se debe hacer hoy no depende de la reforma. El registro ante el ICT es obligatorio desde que la Ley 9742 entró en vigencia en 2020, las obligaciones tributarias corren desde la primera reserva y lo municipal se resuelve cantón por cantón. Nada de eso está en pausa esperando a la Asamblea.

Esperar la reforma para ponerse en regla tiene además un problema práctico: el incumplimiento de hoy no se borra si mañana cambia la ley. El periodo en que la propiedad estuvo publicada sin registro y sin declarar ya ocurrió bajo la norma vigente, y ese es el marco con el que se mide.

Lo que sí tiene sentido es dejar el trámite base resuelto y revisar el tema una vez al año. El paso a paso, con requisitos y tiempos, está en el detalle del registro ante el ICT. Es barato, se hace una vez y no cambia según lo que pase en la corriente legislativa.

Ojo con esto

Si alguien te ofrece un servicio o una capacitación con el argumento de que hay que adelantarse a la reforma, pedile el número de expediente y el estado del trámite. Son dos datos públicos, y la respuesta suele aclarar bastante de qué se trata la urgencia.

La conclusión es menos emocionante que el rumor, y por eso circula menos: dos proyectos quietos, ninguna reforma aprobada y una ley vigente que ya pide lo que pide. Vale la pena seguirle la pista al tema, pero seguirlo no es reaccionar a él.

Fuentes
  • Expediente legislativo 23766, proyecto de reforma a la Ley 9742 (consultado julio 2026)
  • Expediente legislativo 24061, proyecto de reforma a la Ley 9742 (consultado julio 2026)
  • Ley 9742, hospedaje no tradicional, Alcance 258 a La Gaceta 220 (19 de noviembre de 2019)
Esto es orientación general, no asesoría legal ni contable. La situación de cada anfitrión cambia según el régimen, la zona y la estructura del negocio. Confirmá tu caso con un contador o un abogado.
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